Sede Virtual

Escrituración

Es el instrumento que contiene declaraciones en actos jurídicos, emitidas ante el Notario con los requisitos previstos en la ley y que se incorpora al protocolo; El proceso de su perfeccionamiento consta de: la recepción, extensión, otorgamiento y autorización.

  1. Recepción de las declaraciones, esto es, de lo que el usuario quiere decir ante el notario.
  2. Extensión: Transcripción en texto escrito de lo dicho o declarado por el usuario, ante el notario.
  3. Otorgamiento. Lectura y aceptación del texto de lo que ha leído o ha oído el usuario, para que lo apruebe y lo firme.
  4. Autorización. Firma del notario, después de la firma de los interesados y después de cumplidos todos los requisitos del contrato respectivo.
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